miércoles, 5 de agosto de 2009

Derecho a la muerte digna.

¿Por qué sufrir cuando llega el fin? ¿Por qué esa concepción de que el sufrir merece la pena?

Por mucho que me pese, vivimos en una sociedad dominada por la progrecracia, y para un punto positivo que tiene este tipo de dominación, no lo lleva a cabo, ¿será posible?

Entonces, ¿por qué no se implanta la eutanasia? ¿A caso la progrecracia no es tan fuerte? En realidad, si que es muy fuerte, pero hay factores que inciden sobre los gobernantes, que impiden llevar a cabo esta forma de liberación.

El primer factor, es (¿como no?) la Iglesia, porque aunque es un poder decadente, todavía tiene demasiada influencia sobre la sociedad, y es bien conocida su posición respecto a este tipo de muerte.

Otro factor lo encontramos en la moral de cada uno de los dirigentes (¡la moral individual, siempre una barrera a la cual debemos superar!). Nadie se atreve a implantar esta política, debido a que se pude descontrolar, y una vez ocurra esto, la carga de la conciencia sería dura de soportar. No obstante, si las cosas se hacen bien, no debería ocurrir ningún imprevisto.

El tercer factor, y quizás el mayor lastre para su implantación, es el factor voto. Ningún partido grande quiere mencionar este punto en su programa político, ya que le pude costar numerosos votos, de personas contrarias a la eutanasia, y por el contrario, no le reportaría muchos votos a favor.

Cambiando de tema, cabe mencionar que la vida humana consta de dos conceptos: zoé y bios. El zoé hace referencia a cumplir las funciones vitales, como respirar o comer, y el bios es lo que nos diferencia de los simples animales, es decir, es lo que nos caracteriza como humanos. Podemos afirmar que existe una vida digna mientras existen estos dos conceptos en una persona, ya que cuando desaparece el zoé, todo acaba, y cuando acaba el bios, todo debería acabar.

No obstante, la eutanasia no debe suponer una escusa para liquidar a diestro y siniestro, ya que en primer lugar, debe primar la voluntad del interesado, para que se lleve a cabo su fallecimiento, y en segundo lugar se debe tratar de una situación extrema e irreversible, en la que ya no haya situación posible.

En definitiva, aplicando estas dos limitaciones se debe implantar el derecho a la muerte digna.


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